Tuesday, August 31, 2021

Chile reflexiona sobre los derechos digitales en desarrollo de nueva constitución

Foto por jpereira via The Loop (c. 2019; CC no especificada)
[English.] La creación de una nueva constitución está en marcha en Chile, y los derechos digitales podrían figurar de manera importante en un nuevo modelo de derechos civiles.

Los votantes chilenos pidieron una convención constitucional en una votación de 2020. La actual constitución de 1980 fue redactada bajo la dictadura de Pinochet. Entró en vigor con el fin del régimen de Pinochet en 1990 con la transición del país a la democracia, pero su texto original y sus muchas enmiendas nunca han sido verdaderamente un producto de la democracia. En contraste, la presente convención se desarrolla con una asombrosa representación de la diversidad chilena, incluidos los pueblos indígenas, casi sin precedentes en la historia de las democracias occidentales.

Chile tiene un historial de marcar el ritmo legal para América Latina. Chile y Costa Rica fueron inusuales en la experiencia latinoamericana por no haberse convertido en una guerra civil después de la independencia. Esa estabilidad suministró un terreno fértil para el desarrollo legal. Andrés Bello elaboró el código civil del país, siguiendo el modelo francés, en 1857. El código Bello fue muy influyente en el continente y anima el derecho civil latinoamericano todavía hoy en día. Costa Rica se convirtió en un innovador en derechos humanos en el sistema interamericano en el siglo XX.

Una propuesta de línea de base en el proceso chileno exige como mínimo el acceso a internet como un derecho humano. La realización del derecho requeriría el desarrollo de la infraestructura de internet en todo el vasto país, 2,653 millas de norte a sur, abarcando desiertos y montañas. La responsabilidad del gobierno sería sustancial. No se podía dejar que el sector privado desarrollara la infraestructura de internet con los márgenes de ganancia derivados de la densidad de población, una limitación que ha atrofiado la penetración de Internet de alta velocidad en los Estados Unidos.

Pero el acceso a internet es solo un mínimo, y hay muchas otras propuestas sobre la mesa que llevarían los derechos humanos convencionales, como la libertad de expresión y la privacidad, al mundo en línea. Muchos países han reconocido aspectos de los derechos humanos convencionales en el entorno en línea. Incluso en los Estados Unidos, los tribunales han reconocido que las órdenes judiciales civiles y penales que limitan el acceso de una persona a internet pueden contravenir los derechos civiles si no se adaptan estrictamente.

La idea que el acceso a Internet para recibir información, en lugar de hablar, ha sido una propuesta precaria en los derechos humanos, de la misma manera que los regímenes modernos de derechos humanos siempre han luchado con el acceso a la información (ATI). Hace diez años, un informe del Relator Especial de la ONU sobre la libertad de expresión describió acertadamente el acceso a internet como un derecho "habilitador" ("enabler" right). En los últimos años, expliqué esta caracterización del ATI en el marco moderno de los derechos humanos.

Participantes del proceso constitucional chileno, coordinado por Patricio Urriola Aballai, director ejecutivo de la Fundación Abriendo Datos, publicaron en mayo una "Carta Magna Digital" que explora el potencial de los derechos digitales para ser reconocidos como derechos humanos.  HT @ Observacom.

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